Nulidad del matrimonio

Nulidad del matrimonio
Aunque la nulidad del matrimonio no es propiamente una respuesta legal a una situación de crisis matrimonial se utiliza frecuentemente empleada con esta finalidad.

Este actuación se basa en el hecho de que para contraer válidamente matrimonio es preciso que concurran determinados presupuestos o requisitos en el momento de su celebración, de modo que la no constancia de los mismos o su presencia imperfecta puede implicar que el matrimonio celebrado sea nulo, es decir, que se considere que el matrimonio como si nunca se hubiese celebrado.

Dicho esto se deduce que las causas que motivan una declaración de nulidad hay que encontrarlas en el momento de la celebración del matrimonio, lo cual supone la primera diferencia con respecto a los procesos de separación o divorcio que encuentran sus causas habitualmente durante el transcurso de la vida en pareja.

El procedimiento por el que se lleva la nulidad de un matrimonio es siempre contencioso, no se distingue la posibilidad de llevarlo a cabo de otro modo.

A pesar de que declarada la nulidad se establezca la inexistencia del matrimonio como si nunca se hubiese llevado a cabo, la ley reconoce y protege determinadas situaciones de hecho surgidas al amparo del mismo.


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