
El posible derecho a la pensión compensatoria está condicionado a la situación económica-profesional del cónyuge que pretende la misma y el Juzgado que conoce la pretensión establecerá el derecho a la misma tras analizar factores como duración matrimonio, rentas del solicitante, formación, posibilidad de acceso al mercado de trabajo, actividad durante el matrimonio….
La pensión compensatoria se solicita como medida definitiva y es de plena disposición por el solicitante de tal manera que para optar a la misma es imprescindible que se solicite la misma en la demanda de divorcio.
La pensión compensatoria es una medida que puede ser objeto de modificación en el caso de que las circunstancias económico-profesionales de los cónyuges hayan cambiado.
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